sábado, 27 de febrero de 2016

ACTIVIDAD GRADOS 9 A-B-C- LEY DECRETO SERGIO URREGO

ESTUDIANTES DEBERÁN LEER ACERCA DEL CASO. DE LOS DERECHOS VIOLADOS, Y DE LA IMPORTANCIA DE LA SANCIÓN IMPUESTA POR LA JUSTICIA. DEBERÁN HACER UN ENSAYO DONDE SE INVOLUCREN TODOS LOS CONCEPTOS:  1-conocer bien el caso, 2 la posición del Colegio, La sanción para el colegio, el porque de la sanción, los derechos afectados directamente e indirectamente, los manuales de convivencia en las escuelas y colegios, la importancia de la ley...Hacer un ensayo enviar  marzo 11 a las 12 M.

Justicia para Sergio URREGO
Descripción: Mauricio Albarracín
Sergio Urrego fue discriminado por su colegio —el Gimnasio Castillo Campestre— por darse un beso con un compañero de clase, quien era su novio.

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Les abrieron un proceso disciplinario irregular que violó sus derechos fundamentales y se constituyó en “una forma de acoso escolar” que puede “haber incidido en la decisión de acabar con su vida”, el 4 de agosto de 2014.
Un año después de la trágica partida de Sergio, la Corte Constitucional hace justicia a él y su familia. En la Sentencia T-478 de 2005, con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, se protegieron los derechos de Sergio Urrego frente a la discriminación que sufrió antes de su suicidio, en especial, el derecho al libre desarrollo de la personalidad, al debido proceso y a la igualdad y no discriminación, reparación y garantía de no repetición. La Corte también protegió los derechos de Sergio y su familia porque la rectora del colegio realizó declaraciones denigrantes sobre su forma de vida y su estabilidad familiar. El colegio discriminó a Sergio en vida y siguió haciéndolo incluso después de su suicidio.
Esta decisión también hace justicia a Alba Reyes, la madre de Sergio, quien ha luchado incansablemente para que se reconozca la discriminación que sufrió su hijo y que se repare su nombre por las infamias hechas por el colegio. Esta sentencia es también un reconocimiento a los jóvenes de la Unión Libertaria Estudiantil —ULE— quienes, junto con Alba, denunciaron el hecho y buscaron a Colombia Diversa para pedir justicia para su amigo a quien definían como “estudioso, amistoso, bromista y muy maduro pensador; un juicioso libertario, excelente amigo, muy solidario y entregado anarquista”. Estas personas fueron injustamente señalados como “un grupo terrorista” por parte de algunos medios de comunicación y el colegio, algo sin duda ignorante y cargado de prejuicios contra las ideas políticas anarquistas. La ULE realizó las primeras averiguaciones con los compañeros del colegio de Sergio y, a su vez, han mantenido la movilización social para honrar su memoria. “Actuaremos socialmente y denunciaremos al colegio”, prometieron a su compañero.
En el manual de convivencia, Sergio anotó al margen de una de sus páginas: “ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de 2013”. Estas dos normas son las que contienen el Sistema Nacional de Convivencia Escolar que, según la Corte, no han podido evitar “la realidad masiva, reiterada y estructural de la violación de los derechos fundamentales de las niñas, los niños y los adolescentes”. El acoso escolar es un fenómeno masivo e invisible que, según reseña la Corte citando a un estudio, afecta al 29 % de los jóvenes de quinto grado y al 15 % de los que están en noveno grado. En relación con el acoso escolar por orientación sexual e identidad de género, la Secretaría de Educación del Distrito lo calcula en el 19 %, según cita también la Corte. Como un epitafio sobre la ineficacia del derecho, Sergio nos recordó con su puño y letra que bastaba con cumplir las leyes vigentes.
Por eso, la Corte también hizo justicia a la población estudiantil del país al ordenar al Ministerio de Educación que cumpla las promesas de la Ley de Convivencia Escolar. Más allá de unas charlas de sensibilización, se requieren, según palabras de la Corte, “mecanismos de detección temprana, acción oportuna, acompañamiento y seguimiento a casos de acoso escolar”. Además, la Corte ordenó que se revisen los más de 10.000 manuales de convivencia de todo el país para que sean respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género. Revisar estos manuales de convivencia es una medida necesaria, pero debemos hacer más. El Ministerio de Educación debe desarrollar una verdadera política de educación para la diversidad que erradique la discriminación cotidiana en los colegios.
Sergio quería abrir un diálogo para cambiar la educación que recibía y de la que también fue víctima. Cuando se pronunció contra la discriminación que recibió, quería que el educador y el educando aprendieran mutuamente porque, como diría Paulo Freire, “nadie educa a nadie, nadie se educa a sí mismo, las personas se educan entre sí, mediados por el mundo”. Por ello, una educación libertaria requiere no sólo del diálogo, sino también de la eliminación del autoritarismo. Ese que engendra la dominación educativa donde el profesor sabe, piensa, habla, disciplina, decide, grita; y el estudiante es educado, es pensado, es castigado y, en última instancia, se le priva de su autonomía. Esta fue la clase de educación que el procurador Alejandro Ordóñez defendió la semana pasada en un concepto enviado a la Corte, en el cual apoyó al colegio de Sergio, pidió que se restringieran las manifestaciones de afecto de los estudiantes y sugirió que los colegios religiosos pueden discriminar a estudiantes homosexuales. La actitud del Procurador tocó fondo al no tener ninguna sensibilidad ante la discriminación y posterior suicidio de un estudiante. Se ha convertido en un “déspota por hastío”, como diría Vargas Vila.
Una sentencia no nos devolverá a Sergio ni reparará el dolor por su partida. Pero esta decisión de la Corte Constitucional puede ser la oportunidad para abrir un debate sobre la educación libertaria con la que tanto soñó Sergio y que tanto necesitamos para la reconciliación.




Sergio Urrego, ley de infancia y educación sexual
“Las normas no pueden ser parte de la decoración de las instituciones, están hechas para cumplirlas”
Por: Giovanni Cano | septiembre 16, 2014
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He tratado de seguir con cuidado el caso de Sergio Urrego, el joven de 16 años que se suicidó el pasado mes de agosto, a causa del posible hostigamiento del que fue víctima por su orientación sexual. Sin duda alguna, un hecho lamentable que ejemplifica claramente las dinámicas de discriminación y exclusión que se dan al interior de las instituciones escolares, y de las cuales sólo tenemos noticia en algunas ocasiones.
La escuela debería ser un territorio de paz, un escenario para enseñarnos a vivir bien y a ser felices. Un lugar en el que podamos potenciar al máximo nuestras capacidades, y vivir la diversidad. Sin embargo; casos como el de Sergio Urrego nos demuestran lo contrario.
Una de las cosas que más ha llamado la atención es como los distintos medios de comunicación han hecho escasa alusión a dos herramientas que deberían ser potentes al momento de prevenir este tipo de fenómenos. Por un lado, el Código de Infancia y Adolescencia, y por el otro, el Programa Nacional de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía.
El Código Infancia y Adolescencia (Ley 1098), expedido en el 2006, establece claramente en los artículos 42 al 44, una serie de obligaciones de las instituciones educativas, en las que se establece la lucha contra la discriminación como una de las tareas fundamentales: respeto por la dignidad de los miembros de la comunidad educativa, evitar cualquier conducta discriminatoria que afecte el ejercicio de los derechos, formar a los menores de edad en la aceptación y tolerancia hacia las diferencias entre las personas, proteger eficazmente a los menores de edad contra toda forma de maltrato o humillación, entre otras.
Nada de esto se cumplió en el caso de Sergio Urrego. A pesar de que se han hecho al menos 10 cumbres de gobernadores relacionadas con la garantía de derechos de la infancia y la adolescencia, que existe una Procuraduría delegada para esta población, que en cada municipio y departamento del país hay una mesa o comisión responsable de materializar los propósitos de la ley, y que prácticamente no hay dependencia del Estado que no esté articulada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, pareciera que los esfuerzos son insuficientes.
El caso del Programa Nacional de Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, es más paradójico. Las guías de implementación del programa, publicadas en el 2008 y disponibles en el portal de Colombia Aprende, establecen la valoración de la diferencia como uno de los componentes fundamentales del aprendizaje de los niños y las niñas. Para esto, cada Secretaría de Educación municipal y departamental, tiene la responsabilidad de brindar asistencia técnica a las instituciones educativas. Adicionalmente, la información está disponible para todo aquel que quiera emprender un proyecto de este tipo dentro de su institución. Este tipo de proyectos no son discrecionales, y hacen parte de los procesos de formación integral a los que tienen derecho los menores de edad.
Incluso, el programa establece como hilos conductores la orientación sexo-erótica y afectiva de las personas, el derecho a la libertad de elección y respeto a la diferencia, la valoración de la diversidad, y la construcción de ambientes de respeto. Ninguno de estos hilos se materializó en el caso de Sergio Urrego.
¿De qué sirven las normas, los programas y las iniciativas gubernamentales, si estas no inciden en la cotidianidad de los niños y las niñas? Los derechos humanos no pueden ser parte del decorado discursivo que se da en cumbres, mesas o comisiones. Los derechos humanos deben ser palpables en el territorio y deben permear la vida de los menores de edad, en todos los ámbitos en los que se desenvuelven.
Por lo anterior, es inadmisible que con ocasión de la muerte de Sergio Urrego, ciertos sectores de la opinión se desgarren las vestiduras, y propongan alternativas de actuación, cuando las herramientas y los marcos normativos están ahí, algunos desde hace 10 años. Es inadmisible, que a estas alturas ANDERCOOP solicite asesoría al Ministerio de Educación para abordar lo que por competencia debían saber hace años. Es inadmisible el silencio la Procuraduría, en cuya cabeza de la Delegada, está el seguimiento al cumplimiento de la ley 1098 de 2006, y que fue en su momento promotora de la Estrategia de Hechos y Derechos por la Infancia y la Adolescencia.


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