Justicia para Sergio URREGO

Sergio Urrego fue discriminado por su colegio —el Gimnasio Castillo
Campestre— por darse un beso con un compañero de clase, quien era su novio.
·
138COMPARTIDO
INSERTAR
Les abrieron un
proceso disciplinario irregular que violó sus derechos fundamentales y se
constituyó en “una forma de acoso escolar” que puede “haber incidido en la
decisión de acabar con su vida”, el 4 de agosto de 2014.
Un año después de
la trágica partida de Sergio, la Corte Constitucional hace justicia a él y su
familia. En la Sentencia T-478 de 2005, con ponencia de
la magistrada Gloria Ortiz, se protegieron los derechos de Sergio Urrego frente
a la discriminación que sufrió antes de su suicidio, en especial, el derecho al
libre desarrollo de la personalidad, al debido proceso y a la igualdad y no
discriminación, reparación y garantía de no repetición. La Corte también
protegió los derechos de Sergio y su familia porque la rectora del colegio
realizó declaraciones denigrantes sobre su forma de vida y su estabilidad
familiar. El colegio discriminó a Sergio en vida y siguió haciéndolo incluso
después de su suicidio.
Esta decisión también hace justicia a
Alba Reyes, la madre de Sergio, quien ha luchado incansablemente para que se
reconozca la discriminación que sufrió su hijo y que se repare su nombre por
las infamias hechas por el colegio. Esta sentencia es también un reconocimiento
a los jóvenes de la Unión Libertaria Estudiantil —ULE— quienes, junto con Alba,
denunciaron el hecho y buscaron a Colombia Diversa para pedir justicia para su
amigo a quien definían como “estudioso, amistoso, bromista y muy maduro
pensador; un juicioso libertario, excelente amigo, muy solidario y entregado
anarquista”. Estas personas fueron injustamente señalados como “un grupo
terrorista” por parte de algunos medios de comunicación y el colegio, algo sin
duda ignorante y cargado de prejuicios contra las ideas políticas anarquistas.
La ULE realizó las primeras averiguaciones con los compañeros del colegio de
Sergio y, a su vez, han mantenido la movilización social para honrar su
memoria. “Actuaremos socialmente y denunciaremos al colegio”, prometieron a su
compañero.
En el manual de convivencia, Sergio
anotó al margen de una de sus páginas: “ley 1620 de 2013 y Decreto 1965 de
2013”. Estas dos normas son las que contienen el Sistema Nacional de
Convivencia Escolar que, según la Corte, no han podido evitar “la realidad
masiva, reiterada y estructural de la violación de los derechos fundamentales
de las niñas, los niños y los adolescentes”. El acoso escolar es un fenómeno
masivo e invisible que, según reseña la Corte citando a un estudio, afecta al
29 % de los jóvenes de quinto grado y al 15 % de los que están en noveno grado.
En relación con el acoso escolar por orientación sexual e identidad de género,
la Secretaría de Educación del Distrito lo calcula en el 19 %, según cita
también la Corte. Como un epitafio sobre la ineficacia del derecho, Sergio nos
recordó con su puño y letra que bastaba con cumplir las leyes vigentes.
Por eso, la Corte también hizo
justicia a la población estudiantil del país al ordenar al Ministerio de
Educación que cumpla las promesas de la Ley de Convivencia Escolar. Más allá de
unas charlas de sensibilización, se requieren, según palabras de la Corte,
“mecanismos de detección temprana, acción oportuna, acompañamiento y
seguimiento a casos de acoso escolar”. Además, la Corte ordenó que se revisen
los más de 10.000 manuales de convivencia de todo el país para que sean
respetuosos de la orientación sexual y la identidad de género. Revisar estos
manuales de convivencia es una medida necesaria, pero debemos hacer más. El
Ministerio de Educación debe desarrollar una verdadera política de educación
para la diversidad que erradique la discriminación cotidiana en los colegios.
Sergio quería abrir un diálogo para
cambiar la educación que recibía y de la que también fue víctima. Cuando se
pronunció contra la discriminación que recibió, quería que el educador y el
educando aprendieran mutuamente porque, como diría Paulo Freire, “nadie educa a
nadie, nadie se educa a sí mismo, las personas se educan entre sí, mediados por
el mundo”. Por ello, una educación libertaria requiere no sólo del diálogo,
sino también de la eliminación del autoritarismo. Ese que engendra la
dominación educativa donde el profesor sabe, piensa, habla, disciplina, decide,
grita; y el estudiante es educado, es pensado, es castigado y, en última
instancia, se le priva de su autonomía. Esta fue la clase de educación que el
procurador Alejandro Ordóñez defendió la semana pasada en un concepto enviado a
la Corte, en el cual apoyó al colegio de Sergio, pidió que se restringieran las
manifestaciones de afecto de los estudiantes y sugirió que los colegios
religiosos pueden discriminar a estudiantes homosexuales. La actitud del
Procurador tocó fondo al no tener ninguna sensibilidad ante la discriminación y
posterior suicidio de un estudiante. Se ha convertido en un “déspota por
hastío”, como diría Vargas Vila.
Una sentencia no nos devolverá a
Sergio ni reparará el dolor por su partida. Pero esta decisión de la Corte
Constitucional puede ser la oportunidad para abrir un debate sobre la educación
libertaria con la que tanto soñó Sergio y que tanto necesitamos para la
reconciliación.
Sergio Urrego, ley de infancia y educación sexual
“Las normas no pueden ser parte de la
decoración de las instituciones, están hechas para cumplirlas”
Por: Giovanni Cano
| septiembre 16, 2014
ste es un espacio de expresión libre
e independiente que refleja exclusivamente los puntos de vista de los autores y
no compromete el pensamiento ni la opinión de Las2Orillas.
E
ccsubversion.wordpress.com
He tratado de seguir con cuidado el caso de Sergio
Urrego, el joven de 16 años que se suicidó el pasado mes de agosto, a causa del
posible hostigamiento del que fue víctima por su orientación sexual. Sin duda
alguna, un hecho lamentable que ejemplifica claramente las dinámicas de
discriminación y exclusión que se dan al interior de las instituciones
escolares, y de las cuales sólo tenemos noticia en algunas ocasiones.
La escuela debería ser un territorio
de paz, un escenario para enseñarnos a vivir bien y a ser felices. Un lugar en
el que podamos potenciar al máximo nuestras capacidades, y vivir la diversidad.
Sin embargo; casos como el de Sergio Urrego nos demuestran lo contrario.
Una de las cosas que más ha llamado
la atención es como los distintos medios de comunicación han hecho escasa
alusión a dos herramientas que deberían ser potentes al momento de prevenir
este tipo de fenómenos. Por un lado, el Código de Infancia y Adolescencia, y
por el otro, el Programa Nacional de Educación para la Sexualidad y
Construcción de Ciudadanía.
El Código Infancia y Adolescencia
(Ley 1098), expedido en el 2006, establece claramente en los artículos 42 al
44, una serie de obligaciones de las instituciones educativas, en las que se
establece la lucha contra la discriminación como una de las tareas
fundamentales: respeto por la dignidad de los miembros de la comunidad
educativa, evitar cualquier conducta discriminatoria que afecte el ejercicio de
los derechos, formar a los menores de edad en la aceptación y tolerancia hacia
las diferencias entre las personas, proteger eficazmente a los menores de edad
contra toda forma de maltrato o humillación, entre otras.
Nada de esto se cumplió en el caso de
Sergio Urrego. A pesar de que se han hecho al menos 10 cumbres de gobernadores
relacionadas con la garantía de derechos de la infancia y la adolescencia, que
existe una Procuraduría delegada para esta población, que en cada municipio y
departamento del país hay una mesa o comisión responsable de materializar los
propósitos de la ley, y que prácticamente no hay dependencia del Estado que no
esté articulada al Sistema Nacional de Bienestar Familiar, pareciera que los
esfuerzos son insuficientes.
El caso del Programa Nacional de
Educación para la Sexualidad y Construcción de Ciudadanía, es más paradójico.
Las guías de implementación del programa, publicadas en el 2008 y disponibles
en el portal de Colombia Aprende, establecen la valoración de la diferencia
como uno de los componentes fundamentales del aprendizaje de los niños y las
niñas. Para esto, cada Secretaría de Educación municipal y departamental, tiene
la responsabilidad de brindar asistencia técnica a las instituciones
educativas. Adicionalmente, la información está disponible para todo aquel que
quiera emprender un proyecto de este tipo dentro de su institución. Este tipo
de proyectos no son discrecionales, y hacen parte de los procesos de formación
integral a los que tienen derecho los menores de edad.
Incluso, el programa establece como
hilos conductores la orientación sexo-erótica y afectiva de las personas, el
derecho a la libertad de elección y respeto a la diferencia, la valoración de
la diversidad, y la construcción de ambientes de respeto. Ninguno de estos
hilos se materializó en el caso de Sergio Urrego.
¿De qué sirven las normas, los
programas y las iniciativas gubernamentales, si estas no inciden en la
cotidianidad de los niños y las niñas? Los derechos humanos no pueden ser parte
del decorado discursivo que se da en cumbres, mesas o comisiones. Los derechos
humanos deben ser palpables en el territorio y deben permear la vida de los
menores de edad, en todos los ámbitos en los que se desenvuelven.
Por lo anterior, es inadmisible que con ocasión de
la muerte de Sergio Urrego, ciertos sectores de la opinión se desgarren las
vestiduras, y propongan alternativas de actuación, cuando las herramientas y
los marcos normativos están ahí, algunos desde hace 10 años. Es inadmisible,
que a estas alturas ANDERCOOP solicite asesoría al Ministerio de Educación para
abordar lo que por competencia debían saber hace años. Es inadmisible el
silencio la Procuraduría, en cuya cabeza de la Delegada, está el seguimiento al
cumplimiento de la ley 1098 de 2006, y que fue en su momento promotora de la
Estrategia de Hechos y Derechos por la Infancia y la Adolescencia.
No hay comentarios:
Publicar un comentario